Puede consultar las normas y reglamentos de otras jurisdicciones.
En cuanto al uso de documentos por parte de los proveedores de servicios financieros, el Reglamento BACEN N° 4474/2016 permite a las instituciones dejar de utilizar copias físicas una vez que hayan sido digitalizadas y protegidas en sus sistemas.1
El único cambio en cuanto al registro digital está relacionado con el Reglamento BACEN N° 4753/2019, que establece las reglas para la apertura y cierre de cuentas de depósito (tales como cuentas corrientes, de ahorro o nómina), simplificando el procedimiento y permitiendo a los clientes solicitar los servicios mencionados a través de cualquier canal de servicio proporcionado por la institución financiera que no sea una llamada telefónica. De conformidad con este Reglamento, las instituciones financieras deberán adoptar procedimientos para verificar la identidad del cuentahabiente y sus representantes, según corresponda, así como la veracidad de la información proporcionada por los clientes.1
Protección de datos personales en Brasil
Participación como abogado en fondos de inversión de riesgo, realización de acuerdos de riesgo de M&A en el campo de TI, soporte para iGaming y activos comerciales