Puede consultar las normas y reglamentos de otras jurisdicciones.
La Ley 5/2015 regula las plataformas de crowdfunding y crowdlending y la prestación de sus servicios. Estas actividades requieren autorización de la CNMV (con intervención del BoS). A diferencia de otras normas financieras en España, que son transposiciones de directivas financieras europeas, la Ley 5/2015 es de carácter puramente interno. Sin embargo, deberá modificarse para adecuarlo al Reglamento de la UE sobre proveedores europeos de servicios de financiación participativa (ECSP), que se aplica a partir del 10 de noviembre de 2021. Este Reglamento formaba parte del plan de acción fintech de la Comisión Europea y de la revisión intermedia del Plan de Acción Sindical de Mercados de Capitales de 2015. El reglamento establece normas uniformes para la prestación de servicios de crowdfunding basados en inversiones y préstamos en la UE relacionados con la financiación empresarial. Esto permite que las plataformas soliciten un pasaporte de la UE sobre la base de un único conjunto de normas, lo que les facilita prestar sus servicios en toda la UE con una única autorización. Se espera que las nuevas reglas aumenten la disponibilidad de esta innovadora forma de financiación, ayudando a las empresas a buscar alternativas a la financiación bancaria. Mientras tanto, los inversores en plataformas de crowdfunding se beneficiarán de un sistema de protección de inversores coherente y mejorado basado en: (1) reglas claras de divulgación para propietarios de proyectos y plataformas de crowdfunding; (2) reglas de gobernanza y gestión de riesgos para plataformas de crowdfunding; y (3) poderes de supervisión fuertes y consistentes para las autoridades nacionales que supervisan el funcionamiento de las plataformas de crowdfunding. La CNMV ha establecido un procedimiento simplificado para que las plataformas que ya estén autorizadas en España continúen prestando estos servicios y se adapten al contenido del Reglamento, que podrá estar vigente hasta el 10 de noviembre de 2022.1
Además, el Gobierno de España aprobó la Ley 7/2020, de 13 de noviembre de 2020, de transformación digital del sistema financiero, por la que se establecen un conjunto de medidas que acompañan a la transformación digital del sistema financiero y, más importante aún, establece un área de pruebas controladas o salvadera. El sandbox tiene como objetivo ejecutar, con todas las garantías necesarias, proyectos de innovación tecnológica en el ámbito de las finanzas (a través de nuevas aplicaciones, procesos, productos o modelos de negocio), siempre que estén lo suficientemente maduros, beneficien a los usuarios de los servicios financieros, contribuyan a la regulación cumplimiento, mejorar la eficacia de las instituciones o los mercados, o ayudar a mejorar el desempeño de las funciones gubernamentales en el sector financiero.1
Los vehículos de inversión colectiva están regulados por la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva y la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, de capital riesgo y otras instituciones de inversión cerradas y sociedades gestoras de instituciones de inversión cerradas. No existe una ley especial sobre mecanismos de inversión colectiva en el campo de las tecnologías financieras.1
Diferencia de otras plataformas fintech, tal y como se menciona en el apartado II, las plataformas de crowdfunding y crowdlending están sujetas a la Ley 5/2015 y CEP. Las normas españolas de préstamos al consumo se aplican cuando una empresa fintech está involucrada en una transacción de préstamos al consumo. Los préstamos y la financiación pueden transferirse en virtud de un contrato de cesión y, muy a menudo, se cede la cartera de préstamos completa. Estos préstamos y financiaciones solo pueden venderse si se convierten en valores que se asignan a un vehículo de propósito especial (SPV). El SPV puede entonces emitir valores respaldados por derechos de crédito derivados de los préstamos.1
La Ley 5/2015 modificó el régimen jurídico español en materia de titulización, que también se rige por el Reglamento (UE) 2017/2402 (Reglamento de Titulización), modificado recientemente por el Reglamento (UE) 2021/557, de 31 de marzo de 2021, por el que se establecen el marco general para la titulización y la creación de un marco dedicado para la titulización simple, transparente y estandarizada para ayudar con la recuperación de la crisis del covid-19. De acuerdo con la legislación española, la transmisión de activos a un fondo de titulización debe cumplir los siguientes requisitos:
La Ley 7/2020 ofrece una excelente oportunidad para que nuevas organizaciones accedan al sistema financiero a través del sandbox recién aprobado. El mercado fintech estará muy atento a los resultados de los proyectos que se pondrán a prueba en los próximos meses.1
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