Puede consultar las normas y reglamentos de otras jurisdicciones.
La PSA regula a los emisores de instrumentos de pago prepago para proteger a los consumidores y ayudar a construir sistemas de pago y liquidación seguros y protegidos. Los emisores que distribuyan instrumentos de pago prepago utilizados para pagar bienes o servicios ofrecidos por emisores y comerciantes terceros (instrumentos de pago prepago de tipo "terceros") deben registrarse en la oficina financiera local en cuya jurisdicción se encuentre el emisor.1
Si los instrumentos de pago de prepago solo se utilizan para pagar al emisor (instrumentos de pago de prepago de "tipo nativo"), el emisor debe enviar un aviso a la oficina financiera local cuando el saldo no utilizado de los instrumentos de pago de prepago supere los 10 millones de yenes por referencia. fecha (tanto el 31 de marzo como el 30 de septiembre).1
Además, todos los emisores de instrumentos de pago prepago deben reservar al menos el 50 por ciento del monto total de la emisión una vez que el saldo no utilizado supere los 10 millones de yenes en cualquier fecha de informe. Excepto en ciertos casos, el emisor no tiene derecho a redimir o redimir instrumentos.1
Según el PSA, los instrumentos de pago prepago deben tener todos los tres elementos siguientes: un registro de valor; extradición a cambio de una contraprestación; y utilizar como pago o reclamación. Si un instrumento cumple con ciertos criterios de exclusión, como un período de uso limitado a seis meses o menos, no constituirá un instrumento de prepago y estará exento de la aplicación del PSA.1
Con el rápido crecimiento de las transacciones de monedas estables en los EE. UU. y otros países que buscan vincular su valor al valor de la moneda de curso legal, el informe tiene como objetivo desarrollar un nuevo marco legal y regulatorio para las transferencias de dinero y los servicios de liquidación que separe a los emisores de los intermediarios. El informe define "medios de pago electrónicos" como medios que pueden utilizarse para transferencias de dinero y liquidaciones con partes no especificadas que están registradas electrónicamente y pueden transferirse utilizando un sistema de procesamiento electrónico de datos; esto incluye monedas estables. Los emisores del informe son bancos tradicionales y proveedores de servicios de remesas. Con respecto a los intermediarios, el informe propone un marco regulatorio similar a los intercambios de criptoactivos: estarán obligados a proporcionar información sobre los instrumentos de pago electrónico con los que trabajan, responder adecuadamente a las medidas ALD/CFT, desarrollar un sistema apropiado para estas medidas y tomar las medidas necesarias. acciones necesarias. . medidas de protección de los usuarios, como la gestión adecuada de los activos de los usuarios y el suministro de información. Además, los intermediarios no estarán obligados a procesar instrumentos de pago electrónico, lo que puede causar problemas en términos de protección del usuario.1