Puede consultar las normas y reglamentos de otras jurisdicciones.
Las instituciones de pago o las instituciones de dinero electrónico con sede en el extranjero pueden prestar sus servicios en Portugal previa autorización y registro en la IB. Los requisitos y procedimientos aplicables pueden variar según el Estado de origen, ya que las entidades con sede en los Estados miembros de la UE pueden prestar sus servicios en Portugal a través de una filial registrada en Portugal, a través de agentes autorizados con sede en Portugal, o bajo una licencia que les otorga el derecho a para proporcionar servicios.1
Si la persona jurídica solicitante está ubicada en un tercer país, debe establecer una sucursal o, en su defecto, establecer una entidad jurídica subsidiaria en territorio portugués (siguiendo un procedimiento correspondiente, aunque más complicado).1
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